Las consecuencias del Brexit en el sector ganadero europeo

El Reino Unido solicitó oficialmente el 29 de octubre de 2017 su salida (Brexit) de la Unión Europea, invocando lo dispuesto en el artículo 50 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. El 25 de noviembre de 2018, la Unión Europea y el Gobierno del Reino Unido suscribieron el Acuerdo de Retirada del Reino Unido, que debe ser refrendado por el Parlamento británico antes de la fecha límite anteriormente mencionada, para poder tener efecto.

Se plantean pues dos posibles escenarios:

  • Uno en el que se llegue a un acuerdo efectivo para el Brexit, o ‘Brexit con acuerdo’, por lo que existiría una serie de reglas a aplicar desde el primer día post-Brexit, a lo largo del período transitorio previsto, y con vistas a realizar las negociaciones que queden pendientes durante dicho período.
  • Otro en el que no se llegue a un acuerdo efectivo, llamado situación ‘cliff edge’ o ‘Brexit sin acuerdo’. En este caso el Reino Unido se convertiría, a partir de la fecha del Brexit, en un país tercero a todos los efectos, lo cual implicaría la necesidad de ejecutar una serie de medidas urgentes para evitar que las disrupciones que inevitablemente se producirían entre las dos partes (Unión Europea y Reino Unido) tengan consecuencias graves en aspectos tan importantes como el movimiento de personas, animales, mercancías, incluyendo el comercio agroalimentario, o la pesca marítima.

El comercio agroalimentario de España con Reino Unido resulta relevante, ya que representa el 8% sobre el total de las exportaciones agroalimentarias españolas, y el 3% de las importaciones. Respecto al mercado comunitario, las exportaciones e importaciones españolas al Reino Unido suponen el 11% y el 6% respectivamente. El saldo comercial de productos agroalimentarios es tradicionalmente positivo para España.

Las consecuencias dependerán mucho de la consecución o no de un acuerdo. En caso de acuerdo, se mantendrían en vigor las normas del mercado único y por tanto la libre circulación de mercancías, por lo que no se producirá ningún cambio respecto a las condiciones actuales. En caso de no acuerdo, el Reino Unido pasaría a ser un país tercero y por tanto comenzarían a aplicarse controles aduaneros en frontera, físicos y documentales, tanto para la salida como para la entrada de productos en ambos sentidos.

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